Leyes del Procedimiento Administrativo y Régimen Jurídico
En este módulo abordaremos los conceptos clave de la Ley 39/2015 y la Ley 40/2015, el silencio administrativo estimatorio, la representación en los recursos, los cómputos de plazos, los…

En un procedimiento iniciado a solicitud del interesado, ¿qué efecto tiene el silencio administrativo estimatorio?
Un interesado que posee capacidad de obrar según la LPACAP puede actuar sin representante. ¿Cuál de los siguientes actos requiere necesariamente representación acreditada?
Si el plazo de un trámite se señala en meses y la fecha de inicio es el 31 de enero, ¿cuándo finaliza el plazo?
¿Cuál es el principio que obliga a la Administración a elegir la medida menos restrictiva al limitar derechos?
En la fase de instrucción, ¿cuál es el plazo máximo que puede durar la fase de prueba según la LPACAP?
¿Qué tipo de entidad del sector público institucional está obligada a presentar su información en el Registro de Entidades?
Durante la fase de ordenación, ¿qué ocurre si el interesado no cumple el trámite dentro del plazo establecido?
¿Cuál es la consecuencia de que la Ley 39/2015 sea considerada de carácter básico según la Constitución?
En la tramitación simplificada, ¿qué trámite se omite cuando la resolución será favorable al interesado?
Según la LPACAP, ¿qué principio exige que la administración actúe con neutralidad ideológica y personal?
Leyes del Procedimiento Administrativo y Régimen Jurídico
En este módulo abordaremos los conceptos clave de la Ley 39/2015 y la Ley 40/2015, el silencio administrativo estimatorio, la representación en los recursos, los cómputos de plazos, los principios que rigen la actuación administrativa y otros aspectos esenciales del derecho administrativo español.
1. Ámbito de regulación de la Ley 39/2015 y la Ley 40/2015
La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, regula las relaciones ad extra de la administración con los ciudadanos y las empresas. En otras palabras, se ocupa de la interacción externa: cómo los interesados presentan solicitudes, cómo se notifica y cómo se resuelven los procedimientos.
Por su parte, la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se centra en las relaciones ad intra, es decir, la organización interna de los órganos administrativos, su estructura, competencias y funcionamiento interno.
Una analogía útil es imaginar la Ley 39 como la puerta de entrada de un edificio (el punto de contacto con el exterior) y la Ley 40 como la planta interior donde se mueven los empleados y se toman decisiones.
- Ley 39: Interacción con el exterior (ciudadanos, empresas).
- Ley 40: Organización interna de la administración.
2. Silencio administrativo estimatorio
Cuando un procedimiento se inicia a solicitud del interesado y la administración no se pronuncia dentro del plazo legal, se produce el silencio administrativo estimatorio. Este silencio se interpreta como un acto administrativo finalizador que favorece al interesado, es decir, la solicitud se considera aprobada de forma tácita.
Este mecanismo protege al ciudadano evitando que la administración dilate indefinidamente la respuesta. La trampa frecuente es pensar que el silencio siempre es desfavorable; en este caso, la ley lo invierte para beneficiar al solicitante.
- Silencio estimatorio = sí tácito.
- Se genera una resolución implícita que favorece al interesado.
- Permite al interesado iniciar la ejecución de sus derechos sin necesidad de una resolución expresa.
3. Representación y recursos de alzada
Según la Ley de Procedimiento Administrativo y de la Contratación Pública (LPACAP), los interesados con capacidad de obrar pueden actuar sin representante en la mayoría de los trámites. Sin embargo, interponer un recurso de alzada contra una resolución requiere necesariamente representación acreditada.
El recurso de alzada es un medio de impugnación que se presenta ante el órgano superior jerárquico del que dictó la resolución. La necesidad de representación garantiza que el recurso sea presentado por una persona con legitimación y con la capacidad de ejercer la defensa adecuada.
- Actos que pueden realizarse sin representante: solicitud de información, aporte de documentos, solicitud de audiencia previa.
- Acto que requiere representante: recurso de alzada.
4. Cómputo de plazos en meses
Cuando el plazo se expresa en meses y la fecha de inicio es el 31 de enero, el cómputo se ajusta al último día del mes siguiente. Por tanto, el plazo finaliza el 28 de febrero (último día del mes de febrero, teniendo en cuenta que febrero tiene 28 días en años no bisiestos).
Esta regla se basa en el artículo 4 de la Ley 39/2015, que establece que si el día de vencimiento no existe, se traslada al último día del mes correspondiente.
- Inicio: 31 de enero.
- Plazo de 1 mes → vencimiento: 28 de febrero.
- En años bisiestos, sería 29 de febrero.
5. Principio de la medida menos restrictiva
El principio que obliga a la administración a elegir la medida menos restrictiva al limitar derechos es el principio de proporcionalidad. Este principio exige que la medida adoptada sea adecuada, necesaria y equilibrada respecto al fin que se persigue.
En la práctica, la administración debe evaluar alternativas menos gravosas antes de aplicar una medida que afecte derechos fundamentales.
- Proporcionalidad: Adecuación, necesidad y equilibrio.
- Evita medidas excesivas o desproporcionadas.
- Se aplica en sanciones, limitaciones de acceso a servicios, etc.
6. Fase de instrucción y plazo de prueba
Durante la fase de instrucción del procedimiento administrativo, la LPACAP establece que el plazo máximo para la fase de prueba es entre 10 y 30 días. Este rango flexible permite a la administración adaptar el tiempo a la complejidad del caso, garantizando al mismo tiempo la celeridad del proceso.
- Plazo mínimo: 10 días.
- Plazo máximo: 30 días.
- El órgano competente puede prorrogar dentro de estos límites si justifica la necesidad.
7. Registro de Entidades del sector público institucional
Todas las entidades del sector público institucional están obligadas a presentar su información en el Registro de Entidades. No existen excepciones: universidades públicas, organismos autónomos, agencias estatales y sociedades mercantiles estatales deben inscribirse.
- Objetivo: Transparencia y control de la actividad pública.
- Obligación de registro: todas las entidades del sector público institucional.
8. Consecuencias del incumplimiento de trámites en la fase de ordenación
Si el interesado no cumple el trámite dentro del plazo establecido durante la fase de ordenación, se considera que el interesado ha decadido, salvo que realice el trámite antes del día de notificación de la resolución. La decadencia implica la pérdida del derecho a continuar en el procedimiento.
- Incumplimiento → decadencia del interesado.
- Excepción: cumplimiento antes de la notificación.
- La administración puede continuar el procedimiento sin la participación del interesado.
9. Resumen de conceptos clave
- Ámbito Ley 39 vs Ley 40: Relaciones externas vs internas.
- Silencio administrativo estimatorio: Aprobar tácitamente la solicitud.
- Representación: Recurso de alzada requiere representante.
- Cómputo de plazos: Último día del mes cuando el día no existe.
- Principio de proporcionalidad: Medida menos restrictiva.
- Fase de prueba: 10‑30 días.
- Registro de Entidades: Obligatorio para todas las entidades del sector público institucional.
- Decadencia del interesado: No cumplir el trámite dentro del plazo.
Dominar estos conceptos es fundamental para la correcta aplicación del derecho administrativo y para garantizar la seguridad jurídica tanto de la administración como de los ciudadanos.
