Contabilidad IV - Conceptos clave
1. Comerciantes individuales
Se consideran comerciantes individuales a las personas naturales que son titulares de una empresa mercantil. Esta definición se encuentra en el artículo 2 del Código de Comercio y establece que la condición de comerciante no depende de la forma jurídica de la empresa, sino de la titularidad directa del negocio.
2. Presunción legal del ejercicio del comercio
El ejercicio del comercio se presume cuando se da publicidad o cuando se abre un establecimiento mercantil al público. Esta presunción facilita la identificación de la actividad comercial y permite que terceros reconozcan la condición de comerciante sin necesidad de una declaración formal.
3. Actos de comercio
Los actos de comercio incluyen la organización de empresas comerciales o industriales. La organización es la primera palabra del primer inciso que enumera los actos de comercio y abarca la creación, estructuración y puesta en marcha de una entidad mercantil.
4. Actos sobre cosas mercantiles
Los actos que recaen sobre cosas mercantiles sí se consideran actos de comercio. La afirmación de que no lo son es falsa, ya que el segundo inciso del artículo correspondiente indica que cualquier operación sobre bienes mercantiles constituye un acto de comercio.
5. Diferencia entre cosas mercantiles y actos de comercio
Cosas mercantiles: objetos como empresas, patentes y títulos que son objeto de transacción.
Actos de comercio: actividades como organizar, transformar y vender, que constituyen la dinámica del comercio.
6. Capacidad de los menores para ejercer el comercio
Los menores pueden ejercer el comercio si cumplen dos requisitos: tener 18 años y haber sido habilitados de edad, según el inciso II del artículo 7.
7. Autorización judicial para mayores de edad
Los mayores de dieciocho años pueden ejercer el comercio con autorización judicial, tal como indica el inciso IV del mismo artículo.
8. Inhabilitación por quiebra
Una persona declarada en quiebra no puede ejercer el comercio sin restricción. Los declarados en quiebra están inhabilitados mientras no sean rehabilitados, conforme al inciso III del artículo 11.
9. Sociedades de responsabilidad ilimitada y limitada
Ilimitada: los socios responden con su patrimonio total, lo que implica que sus bienes personales pueden ser afectados por las deudas de la sociedad.
Limitada: la responsabilidad de los socios está limitada al aporte que hayan realizado, protegiendo su patrimonio personal.
10. Clasificación de sociedades según su régimen de capital
Las sociedades se clasifican según si su capital es fijo o variable. Esta clasificación determina la flexibilidad para aumentar o disminuir el capital social sin necesidad de reformar los estatutos.
11. Capital social de la sociedad X
El capital social autorizado para la sociedad X es de 125,000 dólares. Este monto representa el límite máximo que la sociedad puede emitir en acciones.
12. Capital emitido por la sociedad X
De ese capital autorizado, la sociedad X ha emitido 75,000 dólares en acciones, lo que constituye la parte del capital que está disponible para suscripción.
13. Suscripción de capital
Los socios suscribieron 60,000 dólares, no 35,000 como se indica erróneamente en una afirmación falsa. La suscripción representa el compromiso de los socios de aportar esa cantidad al capital social.
14. Diferencia entre capital suscrito y capital exhibido
Capital suscrito: es el compromiso de aporte que los socios hacen al momento de la emisión de acciones.
Capital exhibido: es la parte del capital suscrito que efectivamente ha sido entregada y puesta a disposición de la sociedad.
Resumen de conceptos
- Comerciantes individuales son titulares de una empresa mercantil.
- La presunción de ejercicio comercial se basa en publicidad o apertura al público.
- Los actos de comercio incluyen la organización de empresas.
- Los actos sobre cosas mercantiles sí son actos de comercio.
- Capacidad de menores: 18 años y habilitación.
- Mayor de edad necesita autorización judicial.
- Quiebra implica inhabilitación temporal.
- Responsabilidad ilimitada vs limitada.
- Capital fijo o variable determina la flexibilidad societaria.
- Diferencia entre capital suscrito (compromiso) y exhibido (entregado).


